NACIONAL

Mecanismos regulatorios contra el tráfico ilegal de especies

A 17 de agosto de 2018.-Reconociendo las problemáticas que atañen a la vida silvestre en nuestro país, incluida la de su tráfico ilegal, el marco legal de México se ha ampliado en temas de materia ambiental con reglamentos, normas, acuerdos internacionales, planes nacionales y disposiciones gubernamentales, que promueven la protección y el uso sostenible de los recursos naturales.

La Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA), publicada en 1988, define el marco para la gestión, uso y aprovechamiento sustentable de la fauna y flora silvestre en México. De manera complementaria la Ley General de Vida Silvestre aborda directamente el tema de vida silvestre, regulando aspectos sobre su conservación y aprovechamiento sustentable (Reuter y Mosig, 2010).

En México se tienen identificadas 2,606 especies de plantas y animales de especies silvestres en riesgo de extinción. La NOM-059-SEMARNAT-2010 enlista a las especies que se encuentran:

Probablemente extintas en el medio silvestre

En peligro de extinción,

Amenazadas y Sujetas a protección especial

Este listado permite considerar estrategias puntuales para la conservación y protección de estas especies, sus poblaciones y su hábitat.

Cuadernos de divulgación ambiental México también se ha adherido a diversos acuerdos y convenios internacionales relacionados con la conservación y el aprovechamiento de la vida silvestre, los cuales para fines de implementación son considerados, en materia legal, al mismo nivel jerárquico que las leyes publicadas por el Congreso de la Unión.

El acuerdo internacional más relevante sobre tráfico ilegal de vida silvestre es la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre, firmado en 1975 y al que México se suma en 1991.

Dicha Convención tiene como finalidad regular el comercio internacional de especies de flora y fauna amenazadas, a efecto de que no constituya una amenaza para la supervivencia de las mismas.

El funcionamiento de la CITES se basa en un sistema de concesión de autorizaciones y licencias necesarias para la importación, exportación e introducción de ejemplares de cualquiera de las 30 mil especies de vida silvestre reguladas por el convenio. En México la autoridad administrativa designada para gestionar este sistema de concesión de permisos y autorizaciones es la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS), de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat). Mientras que la autoridad científica comisionada para brindar asesoramiento acerca de los efectos del comercio sobre la situación de las especies de vida silvestre es la Conabio.

La autoridad responsable de la observancia del marco jurídico en materia ambiental, incluida la aplicación de la ley establecida en la CITES, es la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

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